Con el objetivo de fortalecer la protección del arbolado urbano y garantizar que las obras públicas y privadas consideren alternativas para conservar los árboles existentes, el diputado Héctor Herrera Núñez presentó una iniciativa para reforzar las disposiciones legales en esta materia en los 39 municipios del Estado.

Cuando se derriba un árbol, la sombra desaparece. Recuperarla puede tomar muchos años. Por eso, proteger los árboles de nuestras calles, plazas y parques es cuidar la vida cotidiana de las familias duranguenses, expresó al realizar la ampliación de motivos.

El legislador destacó que los árboles cumplen una función fundamental en la vida cotidiana de las familias, al proporcionar sombra, mejorar las condiciones de los espacios públicos y ofrecer áreas de descanso y convivencia para la población.

Herrera Núñez señaló que el desarrollo urbano requiere infraestructura, mejores vialidades, vivienda y servicios, pero subrayó que cada proyecto debe planearse considerando el arbolado existente y las posibilidades de conservarlo. En este sentido, explicó que la iniciativa busca establecer obligaciones más claras para las autoridades y los particulares que soliciten autorización para retirar árboles con motivo de una obra.

En este sentido explicó que, la iniciativa de reformas a la Ley de Conservación y Protección del Arbolado Urbano, propone que antes de autorizar un derribo, se analicen alternativas como modificar el proyecto, realizar podas técnicamente adecuadas o trasplantar el ejemplar. Además, establece que las decisiones deberán justificar por qué estas opciones son viables o por qué deben descartarse.

En los casos en que el derribo resulte necesario, la restitución deberá considerar las características del árbol retirado, como su especie, tamaño, cobertura de copa y beneficios ambientales. El diputado enfatizó que plantar un ejemplar pequeño no compensa de inmediato los beneficios que proporciona un árbol que ha crecido durante décadas.

Asimismo, contempla dar seguimiento a los árboles plantados como medida de restitución y reponer aquellos que no sobrevivan, con responsables y plazos definidos para asegurar que las obligaciones se traduzcan en ejemplares que logren establecerse y crecer.

Otro de los aspectos centrales es que la restitución física tendrá prioridad, mientras que la compensación económica procederá únicamente cuando la reposición mediante árboles sea técnica o materialmente inviable, previa justificación de la autoridad competente. Los recursos correspondientes deberán destinarse al cuidado y mantenimiento del arbolado urbano.

De igual manera, se propone que los municipios hagan pública la información sobre los derribos y trasplantes autorizados, las razones que los justifican y el cumplimiento de las medidas de restitución. Con ello, las y los ciudadanos podrán conocer qué sucede con los árboles de su entorno y dar seguimiento a los compromisos establecidos.

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